ACOSO Y DISCRIMINACIÓN

La ley exige a los empleadores que proporcionen un entorno de trabajo seguro, libre de acoso, hostilidad o discriminación.

Los trabajadores están protegidos contra la discriminación y las represalias por el Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles, la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York y la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York. Estas leyes prohíben la discriminación en el empleo por motivos de edad, sexo, raza, religión, orientación sexual, discapacidad y otras categorías protegidas.

TIPOS DE ACOSO Y DISCRIMINACIÓN:
  • Abuso verbal: como insultos, amenazas o insultos raciales;
  • Abuso físico, como agresión o agresión con lesiones;
  • Abuso visual, como la exhibición de carteles o fotos ofensivas;
  • Acoso sexual, insinuaciones sexuales, chistes sexualmente explícitos;
  • Críticas excesivas;
  • Aislamiento o exclusión de proyectos;
  • Políticas y prácticas laborales injustas;
  • Hacerle sentir miedo y ansiedad;
  • Despido improcedente;
  • Represalias por quejarse de comportamientos de acoso, y más.
Un mazo sobre la mesa de una sala de conferencias